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Cuando el domicilio es ocupado por varias personas:

Cuando el domicilio esté ocupado por varias personas, se atiende a la voluntad de aquél que figura como titular o cabeza de familia. En caso en que no exista ninguna persona que figure como titular o cabeza de familia será necesario el consentimiento de todos. En caso de alquiler de habitaciones (hoteles, pensiones y similares) la entrada general será consentida por el propietario del establecimiento y la de las habitaciones, por su morador.

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