De las actuaciones básicas ante situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, nos habla el artículo 7 de la LPA 2/2002. ¿En cuál de las siguientes opciones están correctamente ordenados los diferentes aspectos?
Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía.
Artículo 7. Actuaciones básicas.
Ante situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, las actuaciones básicas en materia de protección civil por parte de los sujetos públicos o privados conforme a lo establecido en la presente Ley abarcarán los siguientes aspectos: