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Quien es la máxima autoridad de protección civil en la provincia. (OBSOLETA por modificación del artículo 22 de la Ley 2/2002)

Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía. (Modificado por Decreto Ley 2/2023).

Artículo 22. El Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en la Provincia.

El Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía, a efectos de lo previsto en esta Ley, es la máxima autoridad de protección civil en cada provincia y ejerce las funciones de dirección, coordinación, relación, ejecución, inspección y sanción que le sean atribuidas legal o reglamentariamente y, en particular, la superior dirección de la estructura provincial de coordinación de emergencias y la dirección de los planes de protección civil de su ámbito territorial.

Decreto-ley 2/2023, de 11 de abril, por el que se adoptan medidas en materia de emergencias y gestión, prevención y extinción de incendios forestales y se autoriza la creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.

 

Artículo 3. Modificación de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía.

Se modifica el artículo 22 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 22. La Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en la Provincia.

La persona titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, a los efectos de lo previsto en la presente, ejercitará las funciones y atribuciones que se le atribuyan en esta Ley, en los correspondientes planes de emergencia y en cualquier otra normativa en materia de incendios forestales.»

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