Según establece el artículo 40 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, queda prohibido parar:
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Artículo 40. Prohibiciones. 1. Queda prohibido parar en los siguientes casos: a) En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y …