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2020-CÁRTAMA- MALAGA (4/1)

¿Qué requisitos se exige para quienes ejerzan el comercio ambulante en el artículo 55 la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista?:

Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista. Artículo 55. Identificación. Quienes ejerzan el comercio ambulante deberán tener expuesto en forma fácilmente visible para el público sus datos personales y el documento en el que conste la correspondiente autorización municipal, así como una dirección para la recepción de las posibles reclamaciones.

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