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Constitución Española de 1978.

La Constitución atribuye la facultad de impugnar ante el Tribunal Constitucional disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas a:

Constitución Española. Artículo 161 1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer: a) Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien […]

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El número de Magistrados del Tribunal Constitucional que el Rey nombra a propuesta del Gobierno, de conformidad con la Constitución, es de:

Constitución Española. Artículo 159 1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

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Sólo uno de los siguientes derechos podrá ser suspendido en caso de se acuerde la declaración de estado de excepción o de sitio:

Constitución Española. Artículo 55 1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos

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Los principios rectores de la política social y económica se regulan en el siguiente Capítulo y Titulo de la Constitución:

Constitución Española ESTRUCTURA: PREÁMBULO TITULO PRELIMINAR (Art 1 al 9) TITULO I. De los derechos y deberes fundamentales (Art. 10 al 55) CAPITULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros (Art.11 al 13) CAPITULO SEGUNDO. Derechos y libertades (Art. 14 al 38) Sección primera. De los derechos fundamentales y de las libertades públicas (Art. 15

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El artículo 29 de la Constitución al tratar el derecho de petición dispone que el ejercicio este derecho deberá ser:

Constitución Española. Artículo 29 1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley. 2. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo

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Respecto al contenido de la Constitución Española de 1978 en el Título VIII “De la Organización Territorial del Estado”, sólo una de estas afirmaciones es verdadera:

Constitución Española. Artículo 149 1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: 9.ª Legislación sobre propiedad intelectual e industrial.

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