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DECRETO 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

El decreto 10/2003, determina ciertos supuestos para los que los titulares de los establecimientos públicos, los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como el personal dependiente de estos, impedirán el acceso de personas al establecimiento y, en su caso, la permanencia de estas en el mismo, no estando concretamente entre dichos supuestos:

DECRETO 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Artículo 5. Limitaciones de acceso y permanencia en los establecimientos públicos. Los titulares de los establecimientos públicos, los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como …

El decreto 10/2003, determina ciertos supuestos para los que los titulares de los establecimientos públicos, los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como el personal dependiente de estos, impedirán el acceso de personas al establecimiento y, en su caso, la permanencia de estas en el mismo, no estando concretamente entre dichos supuestos: Leer más »

Según lo dispuesto en el Reglamento General de Admisión de Personas en los establecimientos de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Decreto 10/2003, de 28 de enero, el servicio de vigilancia será obligatorio en un bar con música cuando su aforo sea igual o superior a:

DECRETO 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Artículo 16 Obligaciones 1. A los efectos del presente Reglamento, será obligatorio establecer el servicio de admisión en aquellos establecimientos públicos para cuyo acceso se exija a las personas …

Según lo dispuesto en el Reglamento General de Admisión de Personas en los establecimientos de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Decreto 10/2003, de 28 de enero, el servicio de vigilancia será obligatorio en un bar con música cuando su aforo sea igual o superior a: Leer más »

Las condiciones que regulen el derecho de admisión en establecimientos públicos:

Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas Artículo 7 Condiciones específicas de admisión 1. A los efectos del presente reglamento, se entiende por condiciones específicas de admisión aquellas que se establezcan por las personas titulares de …

Las condiciones que regulen el derecho de admisión en establecimientos públicos: Leer más »

El Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas vigente en Andalucía establece que las personas titulares de los establecimientos públicos u organizadoras de espectáculos públicos o actividades recreativas podrán establecer condiciones específicas de admisión y de permanencia en los establecimientos públicos, exigibles sin distinción a todas las personas usuarias, basadas exclusivamente en algunos motivos tasados. Indique cuál de los siguientes es uno de esos motivos:

Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas Artículo 7 Condiciones específicas de admisión 2. A tal fin, las personas titulares de los establecimientos públicos u organizadoras de espectáculos públicos o actividades recreativas podrán establecer condiciones específicas …

El Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas vigente en Andalucía establece que las personas titulares de los establecimientos públicos u organizadoras de espectáculos públicos o actividades recreativas podrán establecer condiciones específicas de admisión y de permanencia en los establecimientos públicos, exigibles sin distinción a todas las personas usuarias, basadas exclusivamente en algunos motivos tasados. Indique cuál de los siguientes es uno de esos motivos: Leer más »

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