De acuerdo con el Estatuto de Autonomía, la aprobación y posterior remisión de los proyectos de ley al Parlamento de Andalucía son la forma de ejercer la iniciativa de legislativa por parte de:
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 43. De la iniciativa legislativa. 1. El Consejo de Gobierno ejercerá la iniciativa legislativa prevista en el Estatuto de Autonomía para Andalucía mediante la aprobación y posterior remisión de los proyectos de ley al Parlamento de Andalucía. 2. Con carácter previo a […]