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Real Decreto 1087/2010, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las Juntas Locales de Seguridad.

La Junta Local de Seguridad:

Real Decreto 1087/2010, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las Juntas Locales de Seguridad. Artículo 3. Constitución. 1. Las Juntas Locales de Seguridad podrán constituirse en aquellos municipios o agrupaciones de municipios que tengan Cuerpo de Policía propio. 2. Su constitución se llevará a cabo mediante Acuerdo del …

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¿Cada cuanto tiempo deberán reunirse en sesión ordinaria las Juntas Locales de seguridad?

Real Decreto 1087/2010, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las Juntas Locales de Seguridad. Artículo 9. Convocatorias y celebración de sesiones. 1. Las Juntas Locales de Seguridad se reunirán en sesión ordinaria al menos una vez al semestre. 2. Cuando las necesidades lo aconsejen, podrán reunirse en sesión …

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