Logo Objetivo PL

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial.

¿Puede el pleno decidir la incorporación al Consejo Superior de Tráfico de algún otro miembro de los ya existentes?

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. Artículo 4. Procedimiento de incorporación de nuevos u otros miembros al Pleno. 1. El Pleno podrá decidir la incorporación al Consejo de algún otro miembro no enumerado en […]

¿Puede el pleno decidir la incorporación al Consejo Superior de Tráfico de algún otro miembro de los ya existentes? Leer más »

Informar sobre criterios generales en materia de publicidad de vehículos a motor es una de las funciones de…

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. Artículo 5. Funciones atribuidas al Pleno. 1. El Pleno es el máximo órgano colegiado del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial y se reunirá,

Informar sobre criterios generales en materia de publicidad de vehículos a motor es una de las funciones de… Leer más »

¿Cual es el número máximo de representantes de entidades locales que pueden existen en las Comisiones de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial?

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. Artículo 8. Comisiones de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial en las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. 1. Las Comisiones de Tráfico y Seguridad

¿Cual es el número máximo de representantes de entidades locales que pueden existen en las Comisiones de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial? Leer más »

¿Cuál de las siguientes no es función de la Comisión Permanente?

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. Artículo 7. Funciones de la Comisión Permanente. 1. La Comisión Permanente se reunirá, previa convocatoria de su Presidente, siempre que sea necesario. 2. Ejercerá, además de las que

¿Cuál de las siguientes no es función de la Comisión Permanente? Leer más »

¿Cuántos representantes de las comunidades autónomas existen en la Comisión Permanente del Consejo Superior de Tráfico?

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. Artículo 6. Comisión Permanente. 1. La Comisión Permanente estará integrada por los siguientes miembros: A) Presidente: el Subsecretario del Interior. B) Vicepresidente: el Director General de Tráfico. C)

¿Cuántos representantes de las comunidades autónomas existen en la Comisión Permanente del Consejo Superior de Tráfico? Leer más »

¿Quién ostenta la vicepresidencia segunda en el pleno del Consejo de Tráfico?

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. Artículo 3. Pleno. El Pleno estará integrado por los siguientes miembros: A) Representantes de las Administraciones públicas. a) Presidente: el Ministro del Interior. b) Vicepresidente primero: el Subsecretario

¿Quién ostenta la vicepresidencia segunda en el pleno del Consejo de Tráfico? Leer más »

Respecto a los grupos de trabajo del Consejo Superior de Tráfico, ¿cuál de las siguientes afirmaciones no es correcta?

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. Artículo 12. Grupos de trabajo. Los grupos de trabajo se ocuparán del estudio de aquellos asuntos para los que hayan sido creados y funcionarán bajo la dirección y

Respecto a los grupos de trabajo del Consejo Superior de Tráfico, ¿cuál de las siguientes afirmaciones no es correcta? Leer más »

¿Qué ministerio no tiene representante en la Comisión para el Estudio del Tráfico y la Seguridad Vial en las Vías Urbanas?

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. Artículo 10. Comisión para el Estudio del Tráfico y la Seguridad Vial en las Vías Urbanas. 1. La Comisión para el Estudio del Tráfico y la Seguridad Vial

¿Qué ministerio no tiene representante en la Comisión para el Estudio del Tráfico y la Seguridad Vial en las Vías Urbanas? Leer más »

¿Quién ostenta la presidencia de la Comisiones de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial en las comunidades autónomas?

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. Artículo 8. Comisiones de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial en las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. 1. Las Comisiones de Tráfico y Seguridad

¿Quién ostenta la presidencia de la Comisiones de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial en las comunidades autónomas? Leer más »

¿Pueden ser convocados a la Comisión Permanente adicionalmente otros vocales del pleno?

Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. Artículo 6. Comisión Permanente. 1. La Comisión Permanente estará integrada por los siguientes miembros: A) Presidente: el Subsecretario del Interior. B) Vicepresidente: el Director General de Tráfico. C)

¿Pueden ser convocados a la Comisión Permanente adicionalmente otros vocales del pleno? Leer más »

error: