Respecto al Estatuto de Autonomía de Andalucía:
Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Artículo 10. Objetivos básicos de la Comunidad Autónoma. 3. Para todo ello, la Comunidad Autónoma, en defensa del interés general, ejercerá sus poderes con los siguientes objetivos básicos: 12.º La incorporación del pueblo andaluz a la sociedad del conocimiento.