¿Qué miembros de las Cortes Generales conservan su condición de parlamentarios aún después de expirar su mandato?

Los miembros de las Diputaciones Permanentes de las dos Cámaras conservan su condición de parlamentarios aún después de expirar su mandato «natural» o de disolverse las Cámaras a la que pertenezcan hasta que se reúnan las nuevas Cámaras (arts. 22.3 del Reglamento del Congreso y 45.3 del Reglamento del Senado).

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