¿Quién puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción de una moción de censura?

El apartado 1 del artículo 113 de la Constitución atribuye al Congreso de los Diputados la competencia para adoptar la moción de censura. Esta determinación es plenamente concordante con el artículo 108 de la Constitución, que establece que el Gobierno responde ante el Congreso de los Diputados. Siendo la moción de censura y la cuestión de confianza los dos medios específicos para proceder a este respecto, lo que hace el artículo 113 es reflejar en la moción de censura lo proclamado con carácter general. Así, pues, ni el Senado, ni el Poder judicial pueden participar en esta función. Esta exclusión hace del Congreso de los Diputados la cámara esencialmente política y confirma el protagonismo que le viene de muchos otros preceptos (artículo 99, sobre la investidura; artículos 89 y 90, sobre el procedimiento legislativo, entre otros).

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