¿En qué artículo de la Constitución Española de 1978 se recoge que “la dignidad de la persona y los derechos que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, así como el respeto a la ley y a los derechos ajenos, son fundamento del orden político y social”:

Constitución Española.

TÍTULO I

De los derechos y deberes fundamentales

Artículo 10

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

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