La cuantía que califica un delito como hurto o robo con fuerza es de:

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Artículo 240.

1. El culpable de robo con fuerza en las cosas será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.

2. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 235.

Artículo 235. Hurto agravado (Cualquier cuantía)
error: