El Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía, a efectos de lo previsto en la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, es la máxima autoridad de Protección Civil en cada provincia y ejerce la función de:
Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía.
Artículo 22. La Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en la Provincia.
La persona titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, a los efectos de lo previsto en la presente, ejercitará las funciones y atribuciones que se le atribuyan en esta Ley, en los correspondientes planes de emergencia y en cualquier otra normativa en materia de incendios forestales.