De acuerdo con el artículo 124.2 de la Constitución el Ministerio Fiscal ejerce sus funciones conforme a los principios de:

Los cuatro principios que guían la actuación del Ministerio Fiscal son de acuerdo con el artículo 124.2 de la Constitución los principios de unidad de actuación, dependencia jerárquica, legalidad e imparcialidad. El principio de unidad de actuación, también denominado de indivisibilidad, significa que todos los integrantes de la Fiscalía actúan como si fueran una misma persona y a través de sus órganos propios. El principio legalidad supone su sometimiento a la ley, al igual que el resto de poderes públicos (art. 9.1 CE). El principio de imparcialidad se conecta directamente con su función de defensa de los intereses del Estado pues le obliga a actuar con objetividad al margen de cualquier interés particular. Sin embargo, el principio de dependencia jerárquica es el más controvertido pues en su vertiente interna supone la subordinación a sus superiores y en especial al Fiscal General del Estado, que podrán dar instrucciones a los inferiores, pero en su vertiente externa se conecta con su posible subordinación respecto del Poder ejecutivo.

error: