¿En qué año fue aprobada la Ley Orgánica de libertad religiosa?:

Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa.

Artículo primero.
  • Uno. El Estado garantiza el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto, reconocida en la Constitución, de acuerdo con lo prevenido en la presente Ley Orgánica.
  • Dos. Las creencias religiosas no constituirán motivo de desigualdad o discriminación ante la Ley. No podrán alegarse motivos religiosos para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad o el desempeño de cargos o funciones públicas.
  • Tres. Ninguna confesión tendrá carácter estatal.
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