El Parlamento de Andalucía está constituido por un número de Diputados y Diputadas:

El artículo 101.1 del Estatuto de Autonomía establece que «el Parlamento estará compuesto por un mínimo de 109 Diputados y Diputadas». A diferencia del antiguo Estatuto de 1981 que señalaba un mínimo de 90 y un máximo de 110 diputados, el nuevo Estatuto de 2007 se limita a establecer un mínimo de 109 diputados, desapareciendo por tanto la horquilla de 90 a 110 diputados del antiguo texto y que la Ley electoral andaluza ha fijado en 109.

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