La señal de «uso obligatorio del cinturón de seguridad» pertenece al grupo:

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.

Subsección 2.ª De las señales de reglamentación

Artículo 155. Señales de obligación.

Son aquellas señales que señalan una norma de circulación obligatoria. Su nomenclatura y significado son los siguientes:

R-417. Uso obligatorio del cinturón de seguridad. Obligación de utilización del cinturón de seguridad.

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