¿Cuál de las siguientes afirmaciones respecto del Tribunal Supremo de Justicia de Andalucía no es cierta?

Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía no fija la sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en su Título V sino en el artículo 4.2 del Título Preliminar cuando dice «la sede del Tribunal Superior de Justicia es la ciudad de Granada, sin perjuicio de que algunas Salas puedan ubicarse en otras ciudades de la Comunidad Autónoma». El artículo 140.1 dispone que «es el órgano jurisdiccional en que culmina la organización judicial en Andalucía y es competente, en los términos establecidos por la ley orgánica correspondiente, para conocer de los recursos y de los procedimientos en los distintos órdenes jurisdiccionales y para tutelar los derechos reconocidos por el presente Estatuto. En todo caso, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es competente en los órdenes jurisdiccionales civil, penal, contencioso administrativo, social y en los que pudieran crearse en el futuro».

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