¿Quién forma la comisión Interdepartamental para la Igualdad de mujeres y hombres?:

Decreto 437/2008, de 2 de septiembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Artículo 4. Composición.

1. La Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres estará integrada por las siguientes personas:

  • a) Presidencia: La persona titular de la Consejería competente en materia de igualdad.
  • b) Vicepresidencia: La persona titular del Instituto Andaluz de la Mujer.
  • c) Vocalías: Una persona con rango al menos de Director o Directora General, que será designada por las personas titulares de las restantes Consejerías que constituyen la Administración de la Junta de Andalucía.
  • d) Secretaría: Realizará las funciones de Secretaría un funcionario o funcionaria del Instituto Andaluz de la Mujer que desempeñe una Jefatura de Servicio, cuyo nombramiento se realizará por la Presidencia de la Comisión, que actuará con voz pero sin voto.

2. La composición del órgano respetará la representación equilibrada entre mujeres y hombres de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre.

3. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, las personas que sean vocales titulares de la Comisión Interdepartamental serán sustituidas por sus suplentes, quienes tendrán rango al menos de titular de Dirección General y serán designadas al tiempo que las titulares de las vocalías. La suplencia de la Vicepresidencia recaerá en la persona que designe la Presidencia de la Comisión. Asimismo, la suplencia de la persona titular de la Secretaría recaerá en una persona designada por la Presidencia de la Comisión con los mismos requisitos exigidos a la persona titular.

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