Con respecto a la prueba de alcoholemia (0,65 mg/l aire espirado), indique cuál sería el modo de proceder principal, aplicando los márgenes de error vigentes:

Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida.

STS 788/2023: Donde se establece que a los conductores se le debe aplicar el REDONDEO de forma favorable, pasando a ser tasa penal 0,66 mg/l antes de aplicar los EMP.
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