La formulación jurídica de las fuentes del derecho se encuentra en el artículo 1 del Título Preliminar del Código Civil el cual determina que «las fuentes del ordenamiento jurídico español son la Ley, la Costumbre y los Principios Generales del Derecho». A esta enumeración de las fuentes del derecho hay que añadir los tratados internacionales y la jurisprudencia a los cuales hace referencia el Código Civil en los apartados 5 y 6 del mismo artículo 1.
