Ante situaciones de emergencia reguladas en la Ley de Gestión de Emergencias de Andalucía, así como para la realización de simulacros, la Administración Pública competente podrá requerir la colaboración de los ciudadanos:

Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía

Artículo 5. Deberes.

4. Ante situaciones de emergencia reguladas en el artículo 30 de la presente Ley, así como para la realización de simulacros, la Administración Pública competente podrá requerir la colaboración de los ciudadanos, siempre de forma justificada y respetando el principio de proporcionalidad.

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