Conforme a lo dispuesto por los artículos 21 y 28 del Reglamento General de Circulación, ¿quién tiene la competencia para determinar la realización de los controles de alcohol y drogas en casco urbano?:

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.

Artículo 7. Competencias de los municipios.

Corresponde a los municipios:

  • e) La realización de las pruebas a que alude el artículo 5.o) en las vías urbanas, en los términos que reglamentariamente se determine. (pruebas, reglamentariamente establecidas, para determinar el grado de intoxicación alcohólica, o por drogas)
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