Según la Ordenanza Reguladora de la Actividad de Comercio Ambulante en el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, el comercio itinerante podrá ejercerse:

AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE

ORDENANZA REGULADORA DE LA ACTIVIDAD DE COMERCIO AMBULANTE

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 10º. El comercio itinerante podrá ejercerse desde las 09:00 hasta las 14:00 horas y desde las 17:00 hasta las 20:00 horas. La propaganda por medio de aparatos amplificadores o reproductores deberá realizarse, en su caso, sin que el volumen o decibelios emitidos puedan molestar al vecindario. No podrá utilizarse el claxon.

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