Sobre la denominada «Licencia de conducción acompañada»:

Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Disposición final tercera. Licencia de conducción acompañada.

El Gobierno podrá regular las condiciones y los requisitos de la licencia de conducción acompañada para realizar el aprendizaje en la conducción.

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