El Código Europeo de Ética de la Policía desarrolla los principales objetivos de la Policía en una sociedad democrática. Uno de dichos principios es el dedicado a la formación del personal de Policía, según el cual la formación del personal de Policía debe integrar plenamente la necesidad de combatir:

Recomendación Rec. (2001) 10 del Comité de Ministros a los Estados miembros sobre el Código Europeo de Ética de la Policía

C. Formación del personal de policía

26. La formación del personal de policía, que debe basarse en los principios fundamentales como son la democracia, el Estado de Derecho y la protección de los derechos humanos, debe concebirse en función de los objetivos de la policía.

27. La formación general del personal de policía debe abrirse a la sociedad tanto como sea posible.

28. La formación general inicial debería ir seguida, preferentemente, de periodos regulares de formación continua y de formación especializada, y llegado el caso, de formación para las tareas de mando y de gestión.

29. Una formación práctica relativa al empleo de la fuerza y sus límites con respecto a los principios establecidos en materia de derechos humanos, principalmente del Convenio Europeo de Derechos Humanos y de la jurisprudencia correspondiente, debe integrarse en la formación de los policías a todos los niveles.

30. La formación del personal de policía debe integrar plenamente la necesidad de combatir el racismo y la xenofobia.

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