Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos.
N1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas. | Hasta 2 años: Exento. | De 2 a 6 años: Bienal. De 6 a 10 años: Anual. De más de 10 años: Semestral. |
