Señale la normativa a seguir en la actitud policial ante la sociedad intercultural:

El tribunal da por correcta la D, pero creemos que sería más
correcta la "B".

Está claro que el código Europeo de Ética Policial y la Ley Orgánica 2/1986 tienen que ver con la policía, pero en la Ley Orgánica 4/2000 Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, únicamente se hace referencia al término policía en su artículo 68.4 sobre las competencias de las Comunidades Autónomas con cuerpos de policía propios.

Por su parte La Ley Orgánica 2/1986 no contiene principios específicos en relación con la sociedad intercultural. No sé de donde lo habrán sacado.

El Código Europeo de Ética Policial si establece en su artículo 23: El personal de policía debe ser capaz de demostrar discernimiento, apertura de mente, madurez, un sentido de la justicia, capacidad para comunicar y, llegado el caso, aptitudes para dirigir y organizar. Debe además tener una buena comprensión de los problemas sociales, culturales y comunitarios.

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