Boletín Oficial de la Junta de Andalucía – Histórico del BOJA Boletín número 81 de 10/9/1991
1. Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia.
DECRETO 120/1991, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.
Artículo Unico: Se aprueba el texto del Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua, que se publica como Anexo del presente Decreto y que entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Artículo 1.- OBJETO
El presente Reglamento tiene por objeto regular las relaciones entre la entidad que preste el servicio de suministro domiciliario de agua potable y los abonados del mismo, señalándose los derechos y obligaciones básicas para cada una de las partes.
Artículo 2.- NORMAS GENERALES
El suministro domiciliario de agua potable se ajustará a cuanto estable el presente Reglamento a lo estipulado en el Orden de 9 de Diciembre de 1975 por la que se aprobaron «Las Normas Básicas para Instalaciones Interiores de Suministro de Agua», y a los Reglamentos y/o Ordenanzas Municipales que tengan aprobados cada Entidad suministradora, en tanto no se opongan a los anteriores.
