En la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario, de las siguientes sanciones, indicar la que no corresponde con falta grave:

Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

Artículo 8. Faltas graves.

Son faltas graves:

j) La intervención en un procedimiento administrativo cuando concurra alguna de las causas legales de abstención.

f) No prestar servicio, alegando supuesta enfermedad.

n) Asistir de uniforme a cualquier manifestación o reunión pública, salvo que se trate de actos de servicio, o actos oficiales en los que la asistencia de uniforme esté indicada o haya sido autorizada.


Artículo 7. Faltas muy graves.

Son faltas muy graves:

j) La participación en huelgas, en acciones sustitutivas de estas o en actuaciones concertadas con el fin de alterar el normal funcionamiento de los servicios.

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