De acuerdo con la modificación introducida en la LOREG por la Ley Orgánica 2/2011 los municipios de hasta 100 residentes elegirán tres concejales. Por otra parte la citada Ley Orgánica 2/2011 modificó también la LBRL de forma que suprimió la exigencia de funcionar en régimen de Concejo abierto para los municipios de menos de 100 residentes. Por tanto, los municipios de menos de 100 residentes que no funcionen en régimen de concejo abierto elegirán tres concejales.
