Las funciones calificadas como de asesoramiento especial en la Administración son realizadas por:

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Artículo 89.

El personal al servicio de las entidades locales estará integrado por funcionarios de carrera, contratados en régimen de derecho laboral y personal eventual que desempeña puestos de confianza o asesoramiento especial.

error: