Según el artículo 5 del Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante en Andalucía, las personas físicas o jurídicas titulares de la autorización municipal para el ejercicio de comercio ambulante, deberán cumplir las siguientes obligaciones, en el ejercicio de su actividad comercial (indique la respuesta incorrecta):

Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante.

Artículo 5. Ejercicio de la actividad.

1. Las personas físicas o jurídicas titulares de la autorización municipal, además de los requisitos exigidos en el artículo 4, deberán cumplir las siguientes obligaciones, en el ejercicio de su actividad comercial:

  • a) Respetar las condiciones exigidas en la normativa reguladora de los productos objeto de comercio, en especial de aquellos destinados a alimentación humana.
  • b) Tener expuesto al público, en lugar visible, la placa identificativa y los precios de venta de las mercancías, que serán finales y completos (impuestos incluidos).
  • c) Tener a disposición de la autoridad competente las facturas y comprobantes de compra de los productos objeto de comercio.
  • d) Tener a disposición de las personas consumidoras y usuarias las hojas de quejas y reclamaciones, de acuerdo con el modelo reglamentariamente establecido.

2. Corresponde a los Ayuntamientos garantizar el cumplimiento de las disposiciones de policía y vigilancia de las actividades desarrolladas en los espacios públicos destinados al comercio ambulante en sus municipios y de los puestos que se ubiquen en los mismos.

3. Por la Consejería competente en materia de comercio interior se podrán adoptar medidas de fomento para la mejora de los mercadillos de aquellos municipios cuyas Ordenanzas hayan sido objeto de informe favorable por el Consejo Andaluz de Comercio.

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