Así lo especifica el artículo 2 de la LOFS que diseña el modelo de policía territorial en el contexto del sistema de seguridad pública en España cuando dice que «son fuerzas y Cuerpos de Seguridad: a) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la nación, b) Los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas y c) Los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales».
