¿Cuál es el período mínimo de tiempo por el que se puede imponer la sanción de separación de funciones?

El artículo 10.c de la Ley Orgánica 4/2010 del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía establece que por faltas leves se podrán imponer la sanción de suspensión de funciones de uno a cuatro días.

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