Los municipios, ¿disponen de competencia sancionadora en materia de medio ambiente atmosférico?:

Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

Artículo 37. Potestad sancionadora.

Corresponde a las comunidades autónomas y, en su caso, a las entidades locales en los términos del artículo 5.3, el ejercicio de la potestad sancionadora.

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