¿Cuál de los siguientes derechos se considera de menor relevancia al no disponer del amparo constitucional?

Los derechos integrados en la Sección 2ª del Capítulo Segundo del Título Primero (De los derechos y deberes de los ciudadanos), al ser de menor relevancia (derecho de propiedad, de fundación, negociación colectiva, libertad de empresa, así como deberes como el sostenimiento de las cargas públicas, el deber de trabajar, etc.), no disponen del amparo constitucional aunque su regulación está reservada a la ley, gozando, en cualquier caso, de la protección del Defensor del Pueblo.

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