Si el vehículo no se matrícula en el país de destino dentro del período de 30 días, el riesgo se traslada de nuevo al país de matrícula, es decir al país de origen. Si ha expirado la placa original del vehículo, y el vehículo causa un accidente, se considerará entonces que el vehículo está matriculado en el país al que corresponde su placa. Así, el Estado importador en el caso de que durante estos 30 días el vehículo circule sin estar cubierto por el seguro e interviene en un accidente, la Ley 21/2007 incorpora una nueva letra g) al art. 11.1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, sobre obligación de indemnizar del CCS, con el siguiente texto: «g) Indemnizar los daños a las personas y en los bienes derivados de accidentes ocasionados por un vehículo importado a España desde otro estado miembro del Espacio Económico Europeo, siempre que el vehículo no esté asegurado y el accidente haya ocurrido dentro del plazo de 30 días a contar desde que el comprador aceptó la entrega del vehículo».
