Cualquier ciudadano extranjero con residencia legal en España, ¿podrá ejercer el derecho al acceso al empleo público?

El artículo 56 del Estatuto Básico del Empleado público ratifica la posibilidad de que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y extranjeros con residencia legal en España puedan acceder a las Administraciones públicas como personal laboral en igualdad de condiciones que los españoles, tal y como también se establece en la Ley Orgánica 4/2000 de derechos y libertades de los extranjeros en España.

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