¿A cuál de las siguientes situaciones administrativas no se hace referencia en el EBEP?

El artículo 85 del EBEP enumera las situaciones administrativas en las que se encontrarán los funcionarios de carrera (servicio activo, servicios especiales, servicio en otras Administraciones Públicas, excedencia y suspensión de funciones) estableciendo un conjunto de reglas comunes para todos los funcionarios de carrera reordenando y simplificando la regulación anterior. Sin embargo, a continuación reconoce la posibilidad de que, por ley de las Comunidades Autónomas se puedan introducir supuestos distintos, así el apartado 2 del citado artículo establece que «las Leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto podrán regular otras situaciones administrativas de los funcionarios de carrera, en los supuestos,  en la condiciones determinen, cuando concurra, entre otras, alguna de las circunstancias siguientes…». A la situación de expectativa de destino prevista en el derogado Reglamento de Situaciones Administrativas no se hace referencia en el nuevo EBEP.

error: