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A partir de la terminación del mandato del Congreso y el Senado, las elecciones legislativas tienen lugar:

Constitución Española.

Artículo 68

6. Las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones

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