¿A qué Escala corresponde la organización, dirección, coordinación y supervisión de las distintas unidades del Cuerpo?

La Ley de Coordinación regula las funciones de la Policía Local y concretamente su artículo 57 regula las funciones por escalas de los funcionarios de la Policía Local estableciendo dicho artículo que sin perjuicio de las demás funciones que se les atribuyan con arreglo a las disposiciones en vigor, corresponderá a los funcionarios de cada escala, con carácter general, las siguientes: a la Escala técnica corresponde la organización, dirección, coordinación y supervisión de las distintas unidades del Cuerpo. A la Escala ejecutiva corresponde la responsabilidad inmediata en la planificación y ejecución de los servicios. A la Escala básica corresponde la realización de las funciones planificadas por sus superiores. Finalmente, al jefe del Cuerpo le corresponderá, en todo caso, las funciones atribuidas a la escala técnica, adecuándolas a las especificidades de la plantilla.

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