Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Artículo 92 bis. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
5. La aprobación de la oferta de empleo público, selección, formación y habilitación de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional corresponde al Estado, a través del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, conforme a las bases y programas aprobados reglamentariamente
