Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
TÍTULO I – Disposiciones generales
Artículo 3.
1. Son Entidades Locales territoriales:
- a) El Municipio.
- b) La Provincia.
- c) La Isla en los archipiélagos balear y canario.
2. Gozan, asimismo, de la condición de Entidades Locales:
- a) Las Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas de conformidad con esta Ley y los correspondientes Estatutos de Autonomía.
- b) Las Áreas Metropolitanas.
- c) Las Mancomunidades de Municipios
