Conforme a lo dispuesto en la legislación urbanística, los gastos de gestión del sistema de actuación, ¿en qué porcentaje no podrán exceder del total de los gastos de urbanización?:

Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

Artículo 107. Pago de los gastos de urbanización por las personas propietarias.

3. Los gastos de gestión del sistema de actuación por cooperación no podrán exceder del diez por ciento de los gastos de urbanización previstos en el artículo 95.

error: