Conforme el artículo 3 de la LRBRL, son entidades locales territoriales:

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local

Artículo 3.

1. Son Entidades locales territoriales:

  • a) El Municipio.
  • b) La Provincia.
  • c) La isla en los archipiélagos balear y canario.

2. Gozan, asimismo, de la condición de Entidades locales:

  • a) Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal, instituidas o reconocidas por las Comunidades Autónomas, conforme al artículo 45 de esta Ley.
  • b) Las comarcas u otras Entidades que agrupen varios Municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas de conformidad con esta Ley y los correspondientes Estatutos de Autonomía.
  • c) Las Áreas metropolitanas.
  • d) Las Mancomunidades de Municipios.
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