Las competencias del Consejo General del Poder Judicial pueden ser decisorias o consultivas. De las enumeradas en esta pregunta es competencia decisoria la selección, formación y perfeccionamiento, provisión de destinos, ascensos, situaciones administrativas y régimen disciplinario de jueces y magistrados. El resto de las competencias enumeradas en la pregunta son competencias consultivas y en este sentido el Consejo debe informar de los anteproyectos de leyes y disposiciones generales del Estado y de las Comunidades Autónomas que afecten total o parcialmente a alguna de estas materias.
